Enfermedad profesional
Según el BOE de 31 de octubre de 2015 se publicó el RD legislativo donde se aprobó el texto refundido de la LGSS y en el mismo se recoge en el artículo 157 el concepto de este, en el que dice que toda enfermedad contraída en consecuencia del trabajo ejecutado se denominará enfermedad profesional.
Este se divide en diferentes grupos pero en el caso de Juan pertenece a las enfermedades profesionales causada por agentes biológicos, dado que este se puede llegar a contagiar por la inhalación de una persona infectada como es el covid19.
Juan Martínez presenta una enfermedad profesional porque al haber estado trabajando todo el tiempo en el Hospital Teresa de Calcuta específicamente en el área de urgencias. Actualmente el covid19 es considerado por el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero una enfermedad profesional por la incidencia que se dio cuando el covid estuvo en su mayor auge.
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